Harina de Mandioca
Para Celaicos
Marco Historico
Se han encontrado en perfecta conservación raíces de yuca en tumbas de incas de la costa del Perú y también aparecen en representaciones pintorescas de cerámicas de culturas precolombinas. El nombre “yuca” procede del idioma de los indios caribes, de origen quiché, los cuales la llamaban también por el nombre de “yog”, cuyo significado es que “se amasa, molida”.
Originaria del Brasil, según algunos historiadores, la yuca es un tubérculo perteneciente a la familia Eufhorbacea y al género Manihot, siendo la del tipo llamado manihot esculenta crantz las de mayor consumo humano y la conocida por todos los habitantes de América.
Popularmente existen dos tipos de yuca: la amarga, materia prima para el casabe y el almidón, y la yuca dulce que se utiliza como verdura.
Según leyendas indígenas, los aborígenes lograron hacer comestible esta raíz eliminando su veneno al cocinarla. Es por ello que la yuca simboliza la conversión de muerte en vida.
La utilización de la mandioca en la alimentación de los paraguayos es anterior a la época colonial, ya que formaba parte de la dieta de los guaraníes. Sus descendientes mestizos heredaron su gusto por esta raíz y pasó a integrarse a nuestro menú, con una presencia mayor después de la Guerra del 70, cuando la escasez de alimentos hizo que se echara mano de lo que más abundaba.
Más adelante, la mandioca hervida se consolidó como týra, o acompañante de comidas como los guisos y el asado. Procesada, se convirtió en ingrediente de platos típicos como el mbeju, la chipa, el lampreado o pajagua mascada, el kabure, etcétera. En forma de fariña se usa como un aderezo para caldos y guisados.
Marco Legal
La harina de mandioca al ser un producto alimenticio se regula por las normas paraguayas para alimentos.
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Ley N° 836/1980 Código Sanitario
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Normas aplicables del Instituto Nacional de Tecnología, Normalización y Metrología (INTN):
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PNA 001. Harina de mandioca destinada a ser mezclada con harina de trigo para elaboración de productos alimenticios.
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PNA 002. Condiciones higiénicas mínimas que deben reunir los establecimientos que elaboran harina de mandioca de acuerdo con el PNA 001.
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En cuanto al marco legal relativo a productos aptos para celiacos se tiene:
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Ley Nº 3109/2016 que adopta el símbolo internacional de productos alimenticios “sin gluten”, aptos para enfermos celiacos y se arbitran las medidas de control y ejecución de su uso